top of page
mbarahona9

El Código del Trabajo define en el articulo 7 a la figura del Intermediario como "toda persona


El Código del Trabajo define en el articulo 7 a la figura del Intermediario como "toda persona natural o jurídica, particular o de derecho público, que contrata en nombre propio los servicios de uno o más trabajadores para que ejecuten algún trabajo en beneficio de un patrono".


217 visualizaciones0 comentarios
bottom of page